Maltrato físico contra menores de edad es incompatible con la dignidad, resuelve la SCJN

 Maltrato físico contra menores de edad es incompatible con la dignidad, resuelve la SCJN

El maltrato físico contra menores de edad sea de cualquier manera (leve, Moderado o Grave) y que tenga por objeto causar cierto grado de dolor o malestar constituye un castigo corporal y un trato cruel y degradante para el ser humano, determinó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La SCJN. Señala que el maltrato físico contra niñas, niños y adolescentes, es incompatible con la dignidad y los derechos de los menores de edad, a su integridad personal y a su sano desarrollo integral, se debe erradicar los castigos corporales y tratos crueles como formas de disciplina.

Además, señaló que cualquier castigo que busque menospreciar, humillar, denigrar, amenazar asustar o ridiculizar con acciones que van en el mismo sentido

Mediante un comunicado la primera Sala de la SCJN, a través de un a tésis consideró que esto resulta incompatible con la dignidad y los derechos de los menores de edad a su integridad personal y a su sano desarrollo integral.

Por lo tanto señala que la erradicación del castigo corporal y los tratos crueles y degradantes son una necesidad apremiante en nuestra sociedad, que vincula a no justificar tales conductas como método correctivo o de disciplina para la niñez, en ningún ámbito.

Por tal razón la sala en mención evocó entre otras leyes el artículo cuarto de la Constitución que reconoce el derecho de la niñez a u n sano desarrollo integral.

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